Preguntas

Frecuentes

1- ¿Qué se entiende por CONTINENTE?

Edificio o recinto donde el asegurado desarrolla su actividad.
Comprende este concepto los siguientes elementos del recinto o edificio en cuanto a:
– Elementos estructurales y edificio (cimientos, estructuras, paredes, tabiques, suelos, cubiertas, techos, cristales, persianas, anexos, patios, garajes…).
– Instalaciones de agua, gas, electricidad, energía solar, climatización, sanitarias; ventilación, pararrayos, ascensores y montacargas.
– Revestimentos (mármoles, granitos, falsos techos, moquetas, pintura, espejos, rótulos y anuncios luminosos).
– Servidumbres exteriores: farolas, muros o vallas de cerramiento, muros de contención de tierras, obras de infraestructura, pavimentación exterior, cercas, verjas o similares, aceras, viales y calles de uso privado del establecimiento asegurado.
– Jardines e instalaciones deportivas.

2- ¿Qué se entiende por CONTENIDO?

Por este seguro quedan amparados los bienes e intereses que sean patrimonio propio de la empresa, incluyendo su interés en las reformas y mejoras realizadas en los edificios propiedad de terceros, siempre que todo ello esté directamente relacionado con el activo de producción o comercialización de la actividad propia de la empresa.

Conjunto de bienes situados en el interior del recinto o local donde se desarrolla la actividad asegurada, que sean propios por razón de tal actividad y sobre los cuales el Tomador o el Asegurado, tenga título de propiedad u otro interés asegurable.
Forman parte del contenido:
– El mobiliario, la maquinaria y las instalaciones no fijas.
– Las mercancías, los moldes, patrones y matrices.

Mediante pacto expreso, podrán incluirse los vehículos propiedad de la empresa mientras se hallen en el interior de las dependencias aseguradas.